Sancion Por Extemporaneidad 2024. El artículo 283 de la ley 1819 del 2016 (reforma tributaria estructural) adicionó el parágrafo 1 al artículo 641 del estatuto tributario, en relación con una sanción específica para. La sanción se liquida por cada mes o fracción de mes de extemporaneidad.
Las personas o entidades obligadas a declarar, que presenten las declaraciones tributarias en forma extemporánea, deberán liquidar y pagar una sanción por cada mes o fracción. La sanción mínima es de 10 uvt, y como el uvt para el 2024 equivale a $47.065, multiplicando y redondeando llegamos a la suma de $471.000.